"Una Guía Para El Tribunal de Reclamos Menores"

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Capítulo 5
- El juicio en el Tribunal de Reclamos Menores
[
"The Small Claims Court Trial"]

 
Sea puntual

¡Vaya al tribunal 10 minutos más temprano de la hora prevista!  Es muy importante que no llegue tarde. Si usted es el demandante y no se encuentra allí cuando el juez llama su caso, él o ella puede desestimar su caso.  Si usted es el demandado y no está allí cuando el juez llama su caso, el demandante aún debe probar su caso.  Pero le será más fácil si usted no está presente para contar su versión de los hechos.
 
Si usted no puede ir al tribunal en el día de su juicio, comuníquese con el juez con anticipación y pida retrasar la fecha.  El juez podría cambiar la fecha de su juicio.  Si usted es el demandante y no se comunica ni se presenta en el tribunal, el juez desestimará su caso.  * Si usted es el demandado y no se comunica ni se presenta en el tribunal es muy probable que usted pierda el juicio.
 
   * [Si su caso es desestimado “sin prejuicio” y todavía quiere una
       audiencia, usted podría apelar el caso al Tribunal de Distrito
       (District Court]) o comenzar todo de nuevo, llenando nuevos
       formularios y pagando los costos del proceso otra vez.  Si su caso
       es desestimado bajo la consideración “con prejuicio”, no podrá
       demandar de nuevo.  Sin embargo usted aún puede apelar el caso
       al Tribunal de Distrito.  Para mayor información sobre
       "Apelaciones al Tribunal de Distrito" consulte el Capítulo 7)]
 

Los acontecimientos en el juicio

Cuando sea su turno para hablar, diga su versión de los hechos simple y sinceramente.  Enfóquese en los hechos, no en su opinión. Usted no debe intentar parecerse o expresarse como un abogado, sea usted mismo.  Muestre al juez cualquier evidencia que tenga.  Luego que usted testifique, sus testigos pueden testificar y usted puede hacerles preguntas.
 
El juez o la otra parte puede hacerle preguntas a usted y a sus testigos. Recuerde que usted y sus testigos solamente tienen que contestar preguntas sobre los hechos.  No tiene que contestar acerca de la clase de persona que es usted o cualquier otra cuestión que no sea relativa al caso.  Dígale al juez si usted no quiere contestar y porqué.  No ayuda a su caso si usted discute con la otra parte.  El juez le dirá si debe contestar la pregunta. Aquí le explicamos cómo es normalmente el orden de los acontecimientos en el juicio.
 
    El juramento.  Todas las personas que presenten evidencia o den
     testimonio durante el juicio deberán jurar o afirmar que dirán la verdad. 
     Esto incluye al demandante, al demandado y a los testigos.  Usted no
     tendrá que jurar sobre la Biblia, podrá sólo afirmar que dirá la verdad.

    El caso del demandante.  El juez pide al demandante que presente
     su caso primero, incluyendo cualquier evidencia y testigos. 
     El demandado tiene la oportunidad de hacer preguntas al demandante
     y a el/los testigo(s) del demandante después de que cada uno de ellos
     testifique.
 
    La parte demandada. Luego, el demandado presenta su versión
     de los hechos del caso con cualquier evidencia y testigos. 
     El demandante tiene la oportunidad de hacer preguntas al demandado y
     a los testigos del demandado después de que cada uno de ellos testifique.
 
    El juez dicta la sentencia.  El juez revisa la evidencia y toma una
     decisión, la cual es llamada sentencia y es explicada en detalle en
     la sección a continuación.  No se puede entregar ninguna otra evidencia
     al juez después del juicio.
 

La sentencia del juez

El juez puede tomar una decisión en el juicio o puede esperar 10 días para emitir la sentencia.  En la sentencia, el juez puede:
 
    desestimar el caso, si el demandante no ha probado el caso;
 
    ordenar al demandado a que pague ya sea el monto completo
     reclamado por el demandante o bien parte de éste, incluyendo los
     costos del proceso judicial pagados por el demandante;

 
    ordenar al demandado que devuelva los bienes al demandante; o
 
    en el caso de denuncia por juicio sumario de desalojo, ordenar
     al demandado que desaloje el establecimiento y/o que pague la renta
     o los daños que
se deben.
 

Si el juez toma una decisión que usted no entiende, pídale al juez que le explique antes de que usted se vaya del tribunal.  Si el juez dicta la sentencia durante los 10 días posteriores al juicio, usted puede llamar o ir con el Secretario del Tribunal Superior después de los 10 días para averiguar cual es la sentencia. Asegúrese de tener su número de caso con usted.
 

Arrendadores e inquilinos

 
Se requiere un juicio de Reclamos Menores antes de un desalojo.

     Para que un arrendador desaloje legalmente a su inquilino, las leyes de Carolina del Norte requieren que el arrendador presente una demanda en el Tribunal de Reclamos Menores llamada “denuncia por juicio sumario de desalojo” [summary ejectment].  El arrendador no puede dejarle fuera de su casa o intentar forzarle a que se mude por medio de otras acciones como por ejemplo desconectar la electricidad.  Si usted es un inquilino y su arrendador está intentando desalojarle (haciendo que lo echen de su casa o apartamento), usted tiene garantías y derechos legales que no están explicados en este folleto.  Para más información sobre "desalojos" póngase en contacto con la oficina local de Ayuda Legal en Carolina del Norte [Legal Aid of North Carolina] u otro grupo de abogados gratuitos.
 

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**Copyright May 1990, April 1994, February 1997, March 1998, June 2001, November 2003, February 2009, Legal Aid of North Carolina, Inc.**
 

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Cláusula de exención de responsabilidades

El material contenido en este folleto es únicamente para brindar información con fines educativos y no constituye asesoramiento legal.  Favor de ponerse en contacto con su oficina local de Ayuda Legal en Carolina del Norte [Legal Aid of North Carolina] o con un abogado particular en caso de que necesite ayuda con respecto a su situación específica.  Para mayor información visite nuestra página de internet en www.legalaidnc.org.             Descargo de responsabilidad

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