
Al final del juicio o hasta 10 días después, el
juez firmará una decisión por escrito llamada sentencia. El juez les
da esta sentencia al demandante, al demandado, y a la oficina del
Secretario del Tribunal. El secretario [clerk] registra la sentencia
en los archivos oficiales de los tribunales, los cuales están
disponibles al público. Estos archivos incluyen el nombre de la
parte que pierde, el monto y naturaleza de la sentencia y si ésta se
ha pagado. Los acreedores utilizan estos archivos para la
verificación de crédito.
El Demandante – Cómo conseguir lo que se le debe
Si usted es el demandante y ha ganado su caso, el demandado podría
pagarle a usted directamente o darle el dinero al Secretario del
Tribunal, quien luego se lo dará a usted. El demandado deberá
hacerlo en el plazo de 10 días posteriores a la sentencia o apelar
al Tribunal de Distrito, lo cual se explica en el siguiente capítulo
(Capítulo
7)
Si el demandado le paga a usted directamente, usted debe decirle al
Secretario del Tribunal y a continuación registrar este pago en los
archivos oficiales de los tribunales. Usted debe hacerlo en el plazo
de 60 días o el demandado puede reclamarle que lo haga. En tal caso,
usted pagará el abogado del demandado y los costos del proceso
judicial.
Si el demandado no ha pagado ni ha apelado en
el plazo de 10 días, usted puede hacer que el secretario emita una
orden al sheriff llamada ejecución de sentencia. Esta orden da al
sheriff la facultad de exigir el pago de su sentencia a la parte
demandada. Si el demandado no paga, el sheriff puede embargar
cualquier dinero en efectivo, vehículos, mercancías u otros bienes
del demandado; venderlos y usar el dinero para pagar la sentencia. El sheriff entrega cualquier dinero recaudado de esta forma al
secretario, quien tomará nota del pago en los archivos oficiales de
los tribunales y le
dará el dinero a usted.
Bienes que el sheriff no puede embargar – Bienes exentos
La ley permite que el demandado pueda conservar
algunos bienes, a los cuales se les llama "bienes exentos". Por lo
tanto, antes de que el secretario pueda emitir la orden de ejecución
de sentencia, usted deberá obtener dos formularios nuevos del
secretario, llamados "Notificación de su Derecho para Designar
Exenciones y Moción para Declarar Bienes Exentos"
[Notice of Right to Have Exemptions Designated y Motion to
Claim Exempt Property]. Usted debe llenar algunas partes de estos
formularios, hacer que el secretario firme la notificación y luego,
hacerle llegar los dos formularios a la parte perdedora. Usted puede
utilizar el servicio del sheriff o el correo postal, tal cual lo
hizo con la notificación oficial y la demanda (Capítulo
2).
Después de recibir estos formularios, el
demandado tiene 20 días para llenar la Moción para Declarar Bienes
Exentos y enviarla por correo postal o entregarla personalmente en
la oficina del Secretario del Tribunal y enviarle una copia a usted. Si el demandado no regresa el formulario en los siguientes 20 días o
devuelve el formulario que muestra que hay bienes para embargar,
entonces usted puede pedir al secretario que emita una orden de
ejecución de sentencia al sheriff. Si el demandado regresa el
formulario, pero ha incluido en la lista de bienes exentos algunos
bienes que usted cree que no deberían haber sido incluidos, entonces
usted puede pedir una audiencia ante un juez del Tribunal de
Distrito. En esa audiencia, usted y/o el juez pueden hacer preguntas
al demandado sobre los bienes incluidos en la Moción para Declarar
Bienes Exentos o de cualquier otro bien que usted cree que el
demandado puede poseer, pero no ha incluido en la lista.
Si el demandado niega la posesión de ciertos bienes, entonces usted
necesitará probar que el demandado está equivocado. El juez tomará
una decisión acerca de los bienes que el demandado puede conservar. Después de que se tome la decisión, usted puede pedir al Secretario
del Tribunal que emita la orden de ejecución al sheriff.
El costo para que el secretario emita esta
orden de ejecución es $25. El costo para que la oficina del sheriff
intente cobrar la sentencia es $30. A veces, el demandado podría
entregar al sheriff el dinero que se adeuda de acuerdo con la
sentencia. Si el demandado no paga, el sheriff tendrá que localizar
los bienes que se pueden embargar para pagar la sentencia y entonces
habrá costos adicionales involucrados en el embargo y la venta de
los bienes. Se le pedirá a usted que ofrezca una fianza antes de que
el sheriff embargue los bienes y los venda para pagar la sentencia. A usted se le reembolsarán estos costos con el dinero cobrado de la
venta de los bienes.
No intente entregar la orden de ejecución a la otra parte por sí
mismo. Sólo el sheriff puede entregar una orden de ejecución y
embargar dinero. Después de que una orden de ejecución entre en
vigor, no acepte ningún dinero de la otra parte.
La orden de ejecución es válida por 90 días. Si
el sheriff no puede localizar al demandado para entregar la orden de
ejecución o no puede encontrar bienes que se pueden embargar para
pagar la sentencia dentro de ese periodo de 90 días, el sheriff
perderá su autoridad para localizar bienes y tratar de cobrar la
sentencia. Después de los 90 días, el sheriff devolverá los
documentos al Secretario del Tribunal con una declaración jurada que
explique por qué los documentos están siendo devueltos. Si todavía
quiere tratar de cobrar la sentencia, entonces usted tendrá que
pagar costos adicionales y solicitar al secretario que emita otra
orden de ejecución. No hay límite en la cantidad de órdenes de
ejecución que el secretario pueda emitir. Sin embargo, usted está
obligado a dar al demandado una nueva Notificación de su Derecho
para Designar Exenciones y Moción para Declarar Bienes Exentos antes
de que cualquier nueva orden de ejecución sea emitida.
Si el juez dicta sentencia en contra suya
Si el juez le ordena hacer un pago en dinero a la otra parte y usted
decide no apelar, puede pagar a través del Secretario del Tribunal o
directamente a la otra parte. Asegúrese de obtener un recibo cuando
usted pague al secretario y asegúrese de que éste marque en la
sentencia que se ha "pagado" [paid].
Si usted paga a la otra parte, consiga que esa parte vaya a la
oficina del Secretario del Tribunal para que los documentos en los
archivos oficiales queden marcados "pagados". El demandante debe
hacerlo dentro del plazo de 60 días o usted puede reclamar que lo
haga, haciendo que la otra parte pague por su abogado y por los
costos del proceso judicial. Para evitar este problema, es mucho más
seguro que el pago se haga a través del Secretario del Tribunal.
Si el juez le ordena devolver los bienes para que a su vez éstos
sean devueltos a la otra parte y usted decide no apelar, usted debe
devolver los bienes directamente al demandante. Asegúrese de obtener
un recibo del demandante o del abogado del demandante cuando
devuelva los bienes.
Hasta que la sentencia sea pagada en su totalidad, los archivos de
la oficina del Secretario del Tribunal mostrarán que la sentencia
está "pendiente" [outstanding]. Esto podría dañar su crédito.
Si usted pierde y no puede pagar la sentencia
Si usted tiene una sentencia en su contra y no la paga, la otra
parte podrá pedir al sheriff que la haga cumplir. Su vehículo u
otros bienes pueden ser vendidos por el sheriff a fin de pagar la
sentencia. Sin embargo, antes de que cualquier bien sea embargado
por el sheriff, usted puede declarar que algunos de sus bienes sean
"bienes exentos", es decir que estén protegidos de ser embargados. Usted puede conservar su coche, casa, bienes familiares u otros
bienes.
Antes de que sus bienes sean embargados por una deuda, usted debe
recibir una Notificación de su Derecho para Designar Exenciones y
Moción para Declarar Bienes Exentos. Usted debe llenar la Moción
para Declarar Bienes Exentos, devolverla al Secretario del Tribunal
y enviar una copia al demandante o al abogado del demandante en un
plazo de 20 días o ¡USTED PODRÍA PERDER TODO LO QUE TIENE!
Si usted no completa el formulario o no declara bienes como exentos,
el demandante puede solicitar al sheriff que dé inicio a la
ejecución de sentencia. El sheriff puede ir a su casa o lugar de
trabajo para embargar dinero o bienes para venderlos a fin de pagar
la sentencia.
El sheriff puede revisar su casa de vez en cuando para ver si usted
ha adquirido algún bien que no esté exento o si usted ha regalado
alguno que ha declarado como exento. Para mayor información sobre
bienes exentos favor de ponerse en contacto con su
oficina local de Ayuda
Legal [Legal
Aid]
El sheriff no lo pondrá en la cárcel porque usted no puede pagar la
sentencia. La sentencia se mantendrá en su expediente por lo menos
10 años o hasta que usted la pague.
Qué bienes pueden ser protegidos
La ley de exención enumera los diferentes tipos de bienes y
establece límites para la cantidad de cada tipo de bien que pueden
ser exentos.
Los límites de las exenciones se basan en el "valor de equidad"
[equity value] de lo que le pertenece de cada artículo
de los bienes.
Para determinar su valor de equidad en un artículo siga estos pasos:
1.
Determine cuál es el
justo valor de mercado de la parte que
le pertenece del artículo. "Justo valor de mercado" [Fair market value]
significa en lo que
podría venderse el artículo (en el mercado de las
pulgas, por
ejemplo). Si es co-propietario del artículo con alguien más,
sólo
cuenta el justo valor de mercado de su parte del bien.
2.
Determine cuál es la cantidad adeudada (saldo) a cada acreedor
que tiene una garantía sobre el artículo.
Reste # 2 de # 1.
La siguiente es una lista de los tipos de
bienes que pueden ser exentos, con los límites de exención para cada
tipo de bien de acuerdo a su "valor de equidad".
Los importes que figuran a continuación son efectivos desde
el 1º de enero de 2006
y se aplican a las sentencias presentadas en esa fecha o
posteriormente. Estas cantidades pueden ser menores si la sentencia
fue presentada antes del 1º de enero de 2006. Además de las
exenciones descritas aquí, hay otras exenciones estatales y
federales que usted puede tener derecho a declarar, tales como 60
días de prestaciones de seguro social, prestaciones de desempleo,
prestaciones de compensación laboral e ingresos por servicios
personales.
Cada deudor puede declarar como exento:
Hasta
$35,000 en terrenos, casa, casa móvil u otros bienes utilizados
como
residencia, o parcelas funerarias. (Se pueden aplicar protecciones
adicionales a bienes inmuebles o casas móviles que son propiedad de
personas casadas y personas solteras de 65 años de edad o mayores).
Hasta
$5,000 en bienes de cualquier índole (esta cantidad se reduce
por la
cantidad de la exención solicitada por residencia o parcela
funeraria).
Hasta
$3,000 de un automóvil.
Hasta
$5,000 en ropa, artículos y muebles del hogar, electrodomésticos,
libros, animales, cultivos y los instrumentos musicales que se
utilizan
primordialmente con fines personales, familiares o de uso
doméstico.
(Esta cantidad se incrementa en $1,000 por cada
dependiente del deudor,
hasta un máximo de cuatro (4) dependientes).
Hasta
$2,000 en libros, herramientas u otros instrumentos utilizados
para
el trabajo del deudor o de un dependiente del deudor.
Pólizas
de seguro de vida que incluyen al cónyuge y/o a los hijos
como
beneficiarios.
Artículos
para el cuidado de la salud que usted o sus dependientes
necesitan
para trabajar o para mantenerse saludables.
La indemnización por lesiones personales o por la muerte de una persona
de quien usted dependía para su manutención (a menos que la
sentencia
sea por servicios relacionados con la lesión indemnizada).
Cuentas
individuales de retiro, incluyendo anualidades individuales para
el
retiro y cuentas para el retiro Roth.
Fondos
de hasta $25,000 para planes de ahorro universitarios bajo
ciertas
condiciones.
Demás
cuentas de jubilación estatal o gubernamental.
Pagos
necesarios para el sustento tales como pensión alimenticia, ayuda,
manutención para los cónyuges después de la separación y para los
hijos
menores.
Qué bienes
no
están
protegidos
Las exenciones no se aplican a los siguientes bienes:
Todos
sus bienes ¡si no declara las exenciones a tiempo!
El
valor de los bienes que exceda el monto de exención permitida.
Bienes
personales adquiridos dentro de los 90 días anteriores al inicio
de
la ejecución de sentencia.
Reclamos
del Gobierno Federal o de sus agencias, en la medida en
que la ley
federal así lo dispone.
Reclamos
del Estado o de sus subdivisiones de impuestos, bonos a la
vista o bonos fiduciarios.
Reclamos
por embargos hipotecarios asignados por ley contra bienes
específicos.
Si
un acreedor tiene una garantía en relación con la compra de un
artículo,
el artículo no está exento de la sentencia para los bienes
de tal acreedor.
Las órdenes de pensión alimenticia para los hijos, pensión alimenticia
conyugal o la distribución de bienes relativa al divorcio o pensión
conyugal.
Bienes
que le pertenecen a deudores que no residen en Carolina del
Norte.
Sentencias contra sociedades anónimas.
Consejos para proteger su derecho de exención
1.
Notifique
al Secretario del Tribunal y a el/los acreedor(es) de
la sentencia
si usted cambia de domicilio después
de que la
sentencia ha ingresado. Si usted no puede ser localizado
por
el servicio personal del sheriff o por correo certificado, la
notificación
de exenciones puede hacerse por correo postal regular a
su “último
domicilio conocido" sin considerar si en efecto usted la
recibió.
2.
Lea
cuidadosamente toda la correspondencia y notificaciones
del tribunal
que usted reciba. Su plazo de 20 días para designar
exenciones
comienza el día después de que usted recibe la notificación
de
exención.
3. Lea
y siga las instrucciones indicadas en el formulario de la moción.
Complete cada sección de la moción. Asegúrese de anotar todos los
bienes, incluyendo la parte de los bienes que comparta con otras
personas.
Puede adjuntar páginas adicionales si es necesario. Los valores deben
basarse en lo que razonablemente usted cree que podría
venderlos en el
mercado de las pulgas, por ejemplo. Si un artículo
no tiene un valor de
equidad (lea arriba) usted deberá anotar en la
lista el artículo con un
valor “0”.
4. Asegúrese
de seguir las instrucciones al final de la moción para
firmar,
fechar y presentar su moción. Una copia de la moción debe
ser
presentada en el tribunal y una copia debe ser enviada al acreedor –
todo ésto dentro del plazo límite de 20 días.
5.
Si necesita ayuda para completar la moción de exención, si es dueño
de bienes que exceden el límite de exención o si el acreedor se
opone a
sus exenciones, inmediatamente póngase en contacto con un
abogado
o con su
ficina local de Ayuda
Legal en Carolina del Norte
[Legal
Aid
of North Carolina]
para que lo asistan.
____
* NOTE: Fee effective July 1,
2011;
(Sheriff's Fee effective August. 1, 20011)
________________________
**Copyright May 1990, April 1994, February 1997, March 1998, June
2001, November 2003, February 2009, Legal Aid of North Carolina,
Inc.**
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_________________________
Cláusula de exención de
responsabilidades
El material contenido en este folleto es únicamente para brindar
información con fines educativos y no constituye asesoramiento
legal. Favor de ponerse
en contacto con su oficina local de Ayuda Legal en Carolina del
Norte [Legal Aid of North Carolina] o con un abogado particular en
caso de que necesite ayuda con respecto a su situación específica. Para mayor información visite nuestra página de internet en
www.legalaidnc.org.
Descargo de responsabilidad
Declaración de nuestra Misión
Ayuda Legal en Carolina del Norte
[Legal Aid of North Carolina] es una firma de abogados a nivel estatal que sin fines de lucro
provee servicios legales sin costo alguno en cuestiones civiles a
personas de escasos recursos en Carolina del Norte, para asegurar la
igualdad de acceso a la justicia y eliminar las barreras legales a
las oportunidades económicas.
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